Términos adicionales y condiciones de compra

El siguiente lenguaje está incorporado para referencia en las órdenes de compra de Spellman HV:

A. Mantener sin daños. El Vendedor acuerda indemnizar y mantener al Comprador y a sus clientes sin daños por, y contra cualquiera, y todos los reclamos y costos, gastos y responsabilidades relacionados que pudieran surgir de lesiones personales, muerte o pérdidas en la propiedad, o daños a esta, causados por el desempeño del Vendedor bajo este contrato o los Bienes suministrados por el Vendedor excepto en la medida en que tal daño, muerte, pérdida o daño sea causado directamente por la negligencia del Comprador.

B. Planos. Todos los planos, especificaciones, diseños y datos suministrados por el Vendedor al Comprador aquí especificados, permanecerán como la propiedad del Comprador y no serán revelados por el Comprador; y podrán ser utilizados por el Vendedor sólo en la extensión requerida para el desempeño del Vendedor bajo este contrato, a menos que se apruebe de otra forma por escrito por parte del Comprador. Cuando el Vendedor complete el trabajo bajo este contrato y a solicitud del Comprador, el Vendedor deberá regresar rápidamente al Comprador dichos materiales y datos, junto con todas las copias y reimpresiones en posesión del Vendedor y el Vendedor no realizará ningún uso ulterior de dichos materiales o datos.

C. Cumplimiento de las leyes aplicables. El Vendedor deberá, en ejercicio de este contrato, cumplir con todas las leyes, estatutos, reglamentos y regulaciones aplicables.

D. Garantía de falla epidémica. Adicionalmente a las garantías especificadas en este contrato, el Vendedor garantiza todos los bienes contra una falla epidémica por un periodo de 3 años seguidos a la fecha de envío de los bienes al cliente del Comprador. Una falla epidémica tendrá como significado la ocurrencia de la misma falla o una similar en un 20% de los bienes dentro de un periodo de tiempo de un año.

E. Prevención de piezas falsificadas. El Vendedor garantiza que no se utilizarán materiales falsificados en la producción, venta o reparación de los bienes.

F. Conflicto de minerales. Las leyes de los Estados Unidos requieren que las compañías informen del uso de ciertos minerales originarios de regiones en conflicto en el mundo. Se les requiere a los Proveedores del Comprador que se comprometan a no utilizar materiales con origen en regiones conflictivas en los bienes vendidos al Comprador. Al aceptar esta orden del Comprador, el Vendedor acuerda llevar a cabo este acuerdo.

G. Ética. Es la política del Comprador conducir sus negocios de forma ética y en cumplimiento con todas las leyes aplicables. La expectativa y mandato del Comprador para sus proveedores es que también ellos conduzcan sus negocios cumpliendo con la ley, de manera honesta y ética y el Vendedor acuerda cumplir con esta norma.

H. Prácticas laborables sustentables. El Comprador está comprometido a respaldar los derechos humanos de los trabajadores y tratarlos de acuerdo a las normas establecidas por la comunidad internacional. El Comprador ha adoptado estándares laborales sustentables de acuerdo con el Código de Conducta Ética de la Coalición Ciudadana de la Industria Electrónica (EICC). Para obtener más información, visite el sitio web del EICC y revise su Código de Conducta. Al aceptar esta orden del Comprador, el Vendedor acuerda apegarse a dichos estándares.

I. Políticas de seguridad y del medio ambiente. Todo el trabajo bajo este contrato será realizado por el Vendedor en pleno cumplimiento con todas las leyes ambientales, de salud y seguridad que se aplican a la operación de fabricación del Vendedor y su fuerza laboral.

J. Alcance. El Vendedor está de acuerdo en notificar al Comprador si cualquier Sustancia Altamente Preocupante (SVHC, en inglés) está contenida en los productos.

K. Código de Conducta Global: El vendedor esta de acuerdo en cumplir con las provisiones aplicables del Código de Conducta Global del Comprador que se encuentran en https://www.spellmanhv.com/en/About/Policies/Code-of-Conduct en la página web del Comprador.

L. "Solid wood packaging materials shipped to Spellman must be in accordance with International Plant Protection Convention requirements for Wood Packing Material. Materials should be marked with the IPPC logo. Materials that are fumigated must be accompanied by a valid fumigation certificate."

https://www.ippc.int/static/media/files/publication/en/2018/06/ISPM_15_2018_En_WoodPackaging_2018-05-16_PostCPM13_Rev_Annex1and2_gUhtMXs.pdf

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